PLATAFORMA AFECTADOS SANTANDER INMOBILIARIO



LA PLATAFORMA PASI APOYA LA DEMANDA DE CONCURSO DE ACREEDORES CONTRA LA GESTORA



Una de las actuaciones posibles ante el cierre del Fondo, era la presentación de una demanda de concurso de acreedores ante los juzgados de lo Mercantil, al entenderse que la imposibilidad por parte de la gestora de atender las peticiones de reembolso por parte de los inversores, el Fondo se encuentra técnicamente en una situación de insolvencia, que es el presupuesto necesario para acceder al concurso. Esta vía se presentaba muy atractiva, pues ante la inviabilidad del fondo, al haber solicitado el reembolso la mayoría de los partícipes, si el juez del concurso admitía la demanda, presumiblemente se optaría por la liquidación del mismo, bajo la supervisión de administradores concursales, con lo cual, la gestora del fondo, debería cesar en la actividad liquidadora que está haciendo. Además, en el caso de que las realizaciones o ventas de inmuebles que se han efectuado, se entendiese que se han hecho por valores inferiores a los del mercado y que son perjudiciales para la masa del concurso, el Juez podría retrocederlas. Incluso podría retroceder los reembolsos que efectúo a una minoría de partícipes.

Esta vía se encuentra con dos problemas que dificultan que prospere. La primera, la autorización por parte de la CNMV de suspender el reembolso de las participaciones del Fondo por un período de dos años y la segunda porqué ya se ha instado una demanda de concurso por parte de un partícipe del Fondo Inmobiliario, actuando por su cuenta y en solitario y ha sido rechazada.

La resolución que desestima el concurso de acreedores ha sido recurrida por dicho partícipe ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Nuestra plataforma y después de consultarlo con un abogado experto en estos temas cree muy conveniente que apoyemos esta actuación que todavía puede tener un resultado favorable. Este apoyo consistiría en adherirnos al procedimiento para darle la solvencia a la demanda y dar a entender al juez que es un tema que no sólo afecta a un partícipe sino a una generalidad de los mismos.

Esta adhesión al procedimiento no significaría ningún riesgo para la plataforma, pues en la práctica no podría haber problemas de costas, aunque se impusieran ante un eventual rechazo del recurso, pues el Fondo no es parte contraria al haber sido rechazada la demanda sin previa declaración de concurso.

Por todo ello, esta plataforma ha cursado la petición de adhesión al procedimiento con fecha 16 de diciembre de 2009. Se adjunta a la presente el siguiente documento:


Petición por parte de la Plataforma PASI de incorporación al recurso concursal(Ver)